DECLARACIÓN POR EL COMPORTAMIENTO
IMPROPIO DE UNA FISCAL EN PERJUICIO DE
LA
INDEPENDENCIA JUDICIAL EN REPÚBLICA
DOMINICANA
La Asociación Jueces Dominicanos
para la Democracia (JUDEMO) ha informado y remitido al directorio de la
Federación Latinoamericana de Magistrados (FLAM) el audio donde la señora
fiscal del Distrito Nacional, Licenciada Yeni Berenice Reynoso Gómez se expresa
impropiamente durante el conocimiento de una vista en la Jurisdicción de la
Instrucción del Distrito Nacional, presidida por la Magistrada Margarita
Cristo, con la agravante de haber hecho público el audio a través de internet,
lo que ha generado un eco en la prensa que afecta la independencia y
credibilidad del Poder Judicial.
La Federación Latinoamericana de
Magistrados (FLAM), organismo integrado por las asociaciones de jueces de
dieciocho países, y reconocida como entidad civil ante la Organización de
Estados Americanos, ratifica su compromiso de rechazar todo acto que atente
contra la dignidad e independencia de los jueces y juezas en su plano
individual o colectivo.
La Federación Latinoamericana de
Magistrados (FLAM) observa con
preocupación que una Procuradora del Ministerio Fiscal se haya dirigido en una
audiencia y frente a una jueza en forma temeraria, resultando ostensible su
irrespeto hacia el órgano jurisdiccional y hacia toda persona presente en la
audiencia, empleando términos agraviantes, interrumpiendo a la jueza mientras
hacía uso de la palabra, al tiempo de cuestionar su conducta en uso de
argumentos fuera del contexto de la audiencia y a sabiendas de que el derecho a
recusar a un juez está sujeto al cumplimiento de plazos y formalidades
prescritas por la ley.
Ante lo acontecido, este
organismo se reitera en su compromiso de asegurar de modo permanente el
respaldo a la consolidación de la independencia de los poderes judiciales y de
los jueces, evitando toda acción interna o externa, que se constituya en una
injerencia o presión, o bien que pueda condicionar política, económica, social o funcionalmente la independencia del
Poder judicial como Poder del Estado, o la de los propios jueces, siendo la
credibilidad y el prestigio de ellos fundamental para la consecución de tales
fines.
El comportamiento temerario de un
representante del ministerio público en una audiencia, el empleo de presiones
mediáticas y juicios paralelos son, junto a la colocación de denuncias
disciplinarias soportadas en el contenido de las decisiones judiciales,
atentados a la independencia judicial e imparcialidad de los jueces y juezas,
por cuanto se emplean para atemorizarlos, y consecuentemente, presionarlos para
que dicten decisiones en uno u otro sentido, o apartarlos del cargo cuando no
ceden a las presiones a las que se les somete, viéndose afectado el derecho de
los ciudadanos a ser juzgados por jueces independientes e imparciales, conforme
al debido proceso.
En este sentido, vale recordar
que la Declaración de Principios Mínimos sobre la Independencia de los Poderes Judiciales
y de los Jueces en América Latina del año 2008, en su artículo 3 enfatiza que
la utilización de los medios de comunicación social con el objeto de suplantar
funciones jurisdiccionales, imponer o influir el contenido de las resoluciones
judiciales, en condiciones que excedan el legítimo derecho a la libertad de
expresión e información, se considera lesiva para la independencia judicial.
De igual modo, la Federación
Latinoamericana de Magistrados (FLAM) ha
constatado del referido audio que en República Dominicana se han utilizado
medios ilícitos, como las escuchas telefónicas de conversaciones privadas de
los jueces, lo que pone de manifiesto violaciones que traspasan la esfera del
control de la función pública y se invade la intimidad personal. Igualmente, se verifica que tal y como JUDEMO
ha denunciado con anterioridad, el Ministerio Público ha incoado querellas
contra jueces ante el Consejo del Poder Judicial por el contenido de decisiones
judiciales, ha participado como parte en los juicios disciplinarios y ha
logrado que se investiguen y destituyan jueces por medio de tales
mecanismos.
También es oportuno citar el
Estatuto del Juez Iberoamericano en tanto reconoce que siendo la independencia
e imparcialidad del juez o jueza indispensables para el ejercicio de la función
jurisdiccional, las mismas deben ser preservadas por los poderes Judiciales, de
manera que no resulten directa o indirectamente afectadas por el ejercicio de
actividades disciplinarias, de enjuiciamiento o de gobierno del propio poder.
Se debe garantizar a los jueces que por su actividad jurisdiccional, por como
decidan los casos a ellos confiados, no serán ni premiados ni castigados,
estando sujetas dichas decisiones solo a la interposición de las
correspondientes vías legales de impugnación. No obstante, estamos conscientes
de que los jueces deben ser sancionados
de forma ejemplarizante cuando incurran, durante el ejercicio de sus funciones,
en actuaciones reñidas con la ley y que expongan al Poder judicial al
descrédito público, siempre que se agoten y garanticen los procedimientos que
pautan las normas.
Por lo anterior
recabamos a las autoridades dominicanas correspondientes respetar la
independencia judicial y el principio de no injerencia, al tiempo de expresar
nuestra solidaridad con la Judicatura Dominicana y con nuestra afiliada la
Asociación Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO) ante lo acontecido,
augurándoles, para el beneficio del ciudadano dominicano, las buenas relaciones
que deben existir entre el Ministerio Fiscal y los jueces, a efecto de
fortalecer el Estado Social y Constitucional de Derecho.
Dado
en la ciudad de San Salvador, El Salvador, Centro América, el 9 de mayo de
2014.
Wilfredo
Sagastume Henríquez
Presidente FLAM
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