Primera Asociación de jueces de República Dominicana (JUDEMO)

Primera Asociación de jueces de República Dominicana (JUDEMO)
Jueces Dominicanos para la Democracia

miércoles, 14 de noviembre de 2012

JUDEMO ingresa a la UIM



Con el voto unánime de los representantes de las asociaciones de los 66 países presentes a la 55ma Reunión Anual de la Unión Internacional de Magistrados (UIM), celebrada del 11 al 15 de noviembre en el Hotel Westin Alexandria en Washington D.C (USA), y tras el informe favorable dado a conocer a viva voz por la Presidenta de la Federación Latinoaméricana de Magistrados, Hon. Mirinda Vicenty, fue admitida como miembro pleno de dicha organización internacional, la Asociación Jueces Dominicanos para la Democracia (Judemo).

La UIM agrupa actualmente a 78 asociaciones o grupos representativos nacionales procedentes de los cinco Continentes. De manera que al unirse la República Dominicana, Colombia y Perú en la referida reunión anual, suman 81 las asociaciones que componen el referido organismo internacional.

La Uniòn comprende cuatro Grupos Regionales:
a) la Asociaciòn Europea de Magistrados (42 Naciones);
b) el Grupo Iberoamericano (14 Naciones); ahora deben sumarse otras 3.
c) el Grupo Africano (12 Naciones);
d) el Grupo Asiático, Norteamericano y Oceánico (10 Naciones).

El objetivo principal de la Unión es la salvaguardia de la independencia del Poder Judicial, condición esencial de la función jurisdiccional y garantía de los derechos humanos y de las libertades de la persona.

La Unión tiene cuatro Comisiones de Estudio, que tratan respectivamente: Organización Judicial y Status de los Magistrados; Derecho y Procedimiento Civil; Derecho y Procedimiento Penal; Derecho Público y del Trabajo. Basándose en las relaciones nacionales, los miembros de la Comisión estudian los problemas de interés común que conciernen la justicia en todos los paises, considerados desde el punto de vista comparativo y transnacional.

La Unión Internacional de Magistrados tiene status consultivo ante las Naciones Unidas (Oficina Internacional del Trabajo y Consejo Económico y Social), y ante el Consejo de Europa.


Es motivo de orgullo para JUDEMO formar parte de tan prestigiosa institución internacional!!! Enhorabuena!



jueves, 8 de noviembre de 2012

Imágenes de la marcha vigilia realizada por JUDEMO





JUDEMO realizó marcha vigilia por destitución de 2 jueces


La Asociación Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO), realizó este miércoles una marcha vigilia en protesta ante la decisión del Consejo del Poder Judicial (CPJ), de destituir a los magistrados Luisa García y Gabriel Marchena, jueces de paz de la jurisdicción de Santiago.
Decenas de jueces caminaron con sus togas y portando pancartas en defensa de los jueces destituidos.
La protesta pacífica partió desde la Iglesia La Paz del Centro de los Héroes, hasta llegar en dirección Este- Oeste al Edificio que aloja al Consejo del Poder Judicial.
Judemo declaró a través de un comunicado que del contenido de ambas decisiones del CPJ es manifiestamente ostensible que los referidos jueces han sido juzgados, no sólo por el contenido de sus decisiones jurisdiccionales, sino que en cada caso la Fiscalía tuvo un papel estelar como acusador de dichos magistrados, lo cual abre la vía para que el Ministerio Público en lugar de atacar las sentencias por los mecanismos recursivos que existen, lo haga en la persona de los jueces por la vía disciplinaria.
Esta asociación denunció la gravedad de lo acontecido, pues con ello se subvierte el orden constitucional y se coloca a los jueces a merced del Ministerio Público.
Judemo reiteró, que el principio de independencia no es derecho fundamental de los jueces, sino de los que acceden a la justicia; y, precisamente, es una garantía de dicho principio, la prohibición de enjuiciar y responsabilizar disciplinariamente a los jueces por el tenor, contenido o sentido en que adopten sus decisiones judiciales.
Exhortó al CPJ a reconsiderar ambas destituciones, las que no sólo afectan a los magistrados García y Marchena, sino al universo de jueces de la nación, pues la lectura de ambas sentencias provoca al más razonable de los observadores temor en las actuaciones ante la incertidumbre de la insatisfacción o retaliación de la parte a quien no se le haya favorecido, incluyendo al Ministerio Público.

viernes, 2 de noviembre de 2012




2 de noviembre de 2012

San Juan de Puerto Rico
 

DECLARACION

 
La Asociación Jueces Dominicanos Para La Democracia (JUDEMO) nos ha expresado su rechazo a las destituciones de funciones de los Magistrados Luisa García y Gabriel Marchena por el Consejo del Poder Judicial por la única razón del contenido de sus decisiones en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.

La Federación Latinoamericana de Magistrados, organismo integrado por las asociaciones de jueces de dieciocho países, y reconocido por la Organización de Estados Americanos, expresa su profunda preocupación por la situación denunciada y ratifica su compromiso en censurar todo acto que atente contra la Independencia Judicial de los Poderes Judiciales y de los jueces y juezas en su plano individual.

La Federación Latinoamericana de Magistrados se reitera en su compromiso en asegurar de modo permanente el respaldo  a la consolidación de la independencia de los poderes judiciales y de los jueces, evitando toda acción o decisión, interna o externa, que pueda condicionar política, económica, social o funcionalmente la independencia del poder judicial como poder del Estado, o la de los propios jueces. 

La Constitución de la Republica Dominicana establece en su artículo 151 que los jueces y juezas son independientes, imparciales e inamovibles y no podrán ser removidos, separados, suspendidos, trasladados o jubilados sino por alguna de las causas establecidas y con las garantías previstas en la ley. La independencia funcional del juez o jueza en la toma de decisiones es un elemento fundamental para el Estado social y democrático de derecho. NO BASTA CON EL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE INDEPEDENCIA, ES NECESARIO QUE DICHO RECONOCIMIENTO SE MANIFIESTE A TRAVES DE ACTUACIONES Y DECISIONES JUDICIALES LIBRES DE CUALQUIER PRESION EXTERNA O INTERNA.

 A tenor con nuestra Declaración de Principios Mínimos Sobre La Independencia de los Poderes Judiciales y de los Jueces en América Latina del año 2008, donde se  reconoce que siendo la independencia e imparcialidad del juez o jueza, indispensable para el ejercicio de la función jurisdiccional, las mismas deben ser preservadas en el ámbito interno de los Poderes Judiciales, de modo que no resulten directa o indirectamente afectadas por ejercicio de actividades disciplinarias, de enjuiciamiento o de gobierno del propio poder. Se debe garantizar a los jueces que por su actividad jurisdiccional, por como decidan los casos a ellos confiados, no serán ni premiados ni castigados, estando dichas decisiones solo sujetas a la revisión de los tribunales superiores conforme lo indique el respectivo derecho interno.

Por todo lo anterior, recabamos de las Autoridades Judiciales Dominicanas competentes a defender la independencia judicial de los jueces y juezas dominicanos, garantizando el ejercicio de la función jurisdiccional fuera de toda presión e intimidación, otorgando todas las garantías que la propia Constitución de la Republica dispone.

En San Juan, de Puerto Rico, a 2 de noviembre de 2012

                              MIRINDA Y VICENTY NAZARIO
                                                            PRESIDENTA F.L.A.M

lunes, 7 de mayo de 2012

SPOT DE JUDEMO

Mensaje de Alejandro López McAdam

Entrevista a Graciela Dixon

FLAM SE PRONUNCIA A FAVOR DE LOS JUECES DOMINICANOS


La Federación Latinoamericana de Magistrados (FLAM), en el marco de su Sexagésima Primera Asamblea, llevada a cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico, emitió una declaración por medio de la cual insta al Consejo del Poder Judicial a cumplir con la Ley de Carrera en diversos aspectos.

La Asociación Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO), miembro pleno de la referida federación internacional que agrupa a jueces de dieciocho países de Latinoamérica, presentó un informe sobre la situación del poder judicial dominicano, destacando tres aspectos que inciden considerablemente en la independencia de la justicia.

La “Declaración de San Juan”, emitida el pasado primero de mayo por la FLAM, en conocimiento de la situación de los poderes judiciales de sus miembros, recoge distintas preocupaciones de los dieciocho países que la integran, y algunas de ellas merecieron especial consideración, como lo fue el caso de República Dominicana.

En la parte considerativa, la “Declaración de San Juan” recoge tres temas que afectan la independencia del Poder judicial: “Que la comitiva de la República Dominicana ha denunciado la ausencia de un procedimiento objetivo y transparente de promociones judiciales que se sustente en los méritos del candidato, eliminando cualquier margen de discrecionalidad, lo que ha quedado en evidencia en las recientes designaciones que han dejado inconclusos algunos nombramientos e incluyeron otros en violación de la Ley de carrera. Asimismo, se han iniciado procesos disciplinarios contra jueces en reacción a la presión mediática sesgada, sin que exista respeto al debido proceso y al derecho a doble instancia en materia disciplinaria. Y que por otra parte, persiste el incumplimiento por parte del Gobierno Central en la asignación presupuestaria establecida por la ley para el Poder Judicial (2.66 % del PIB).”

Así mismo, expresa: “…la Federación Latinoamericana de Magistrados observa con preocupación que en varios de sus países miembros, tales como Colombia, Nicaragua y República Dominicana, los procedimientos disciplinarios se utilizan como mecanismos de sanción a jueces por el contenido o tenor de sus decisiones jurisdiccionales.

La FLAM respetuosamente insta al Consejo del Poder Judicial de la República Dominicana que garantice efectivamente procedimientos de promoción de los jueces sobre la base de un sistema objetivo, transparente y de acceso a la información, basado en mérito, antigüedad y evaluación del desempeño. También destaca en la referida declaración la exigencia al Poder judicial el cese de juicios disciplinarios que pretendan sancionar a jueces por el contenido de sus decisiones jurisdiccionales y se asegure el más irrestricto respeto al debido proceso y al principio inalienable de independencia judicial. Igualmente, solicitan el cumplimiento de la asignación presupuestaria tasada por la ley.
Cabe destacar que el Senado de Puerto Rico, a través de su presidente, Honorable Thomas Rivera Schatz emitió una Moción congratulando a JUDEMO por su integración a la FLAM y por el trabajo que viene realizando a favor de la independencia del Poder Judicial Dominicano.
 Asimismo, JUDEMO fue declarada Visitante Distinguido de la Ciudad de San Juan por el Alcalde, Honorable Jorge A. Santini Padilla.








Declaración de San Juan




DECLARACIÓN DE SAN JUAN


LA FEDERACIÓN LATINOAMERICANA DE MAGISTRADOS (FLAM), REUNIDA EN ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA EN SAN JUAN DE PUERTO RICO, EL 1 DE MAYO DE 2012, EN CONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DEL PODER JUDICIAL DE SUS PAISES MIEMBROS Y EN CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS QUE RIGEN NUESTRA ORGANIZACION, Y


CONSIDERANDO:


Que la Federación Latinoamericana es una organización que aglutina a las asociaciones nacionales de jueces de los países latinoamericanos miembros.

Que la defensa de la independencia permanente, real y efectiva del Poder Judicial en cada uno de los países de América Latina, constituye uno de los objetivos principales y un valor inalienable de la forma democrática de gobierno.

Que la estabilidad de los Jueces y su inamovilidad es un elemento esencial del principio de independencia, como lo es el principio de intangibilidad de sus remuneraciones.

Que todas las asociaciones miembros expusieron sobre la situación de independencia judicial en sus respectivos países,  y algunas de ellas merecieron especial consideración:

Que, la delegación de Colombia manifestó la preocupación de la Rama Judicial frente al proyecto de reforma a la administración de justicia, que sustituye el modelo constitucional de autogobierno definido por el Constituyente de 1991, por mecanismos que desconocen los principios de autonomía e independencia, especialidad y conocimiento de la justicia para la definición de políticas públicas, desconociendo que la función jurisdiccional solo puede estar a cargo de los jueces, como lo establece el principio de separación de poderes y de independencia judicial. Así mismo expresó su preocupación en orden a que esta reforma se convierta en instrumento de revancha contra los jueces que, en cumplimiento estricto y cabal de la función judicial que la Constitución Política les encomienda, adopten decisiones que no sean del agrado de los poderes políticos.

Que, la delegación de Costa Rica ha denunciado el proyecto de Ley planteado por la Presidencia de la Corte Plena que introduce varias reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a la Ley de Carrera Judicial debilitando la garantía constitucional de adecuada  integración de los Tribunales Colegiados en todas las instancias, así como de los órganos de gobierno y administración del Poder Judicial, y, por otra parte, cercenando los derechos adquiridos de los trabajadores judiciales en cuanto a sus derechos y beneficios laborales.


Que la delegación de la República de Honduras ha denunciado la creación por parte del Poder Ejecutivo de una comisión para investigar jueces y magistrados al margen de la Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, afectando gravemente la independencia de los jueces e invadiendo esferas de competencia exclusiva del mencionado Consejo, llamándose además la atención sobre las represalias aplicadas en situaciones de disconformidad del ejecutivo con resoluciones judiciales que le afectan, llegando a reducir el presupuesto del Poder Judicial  por tal razón.

Que la Delegación Mexicana ha expresado su preocupación por la inseguridad y violencia que se vive actualmente en dicho país, siendo cada vez más frecuentes las amenazas contra juzgadores que comprometen su integridad personal e incluso sus vidas por parte de la delincuencia organizada, por el simple hecho de cumplir con los deberes que la Constitución y las Leyes imponen a la judicatura, sin que exista un protocolo de seguridad ni garantía constitucional que los ampare, lo que se agrava por el hecho de que tampoco han sido atendidas las recomendaciones emitidas a finales de 2010 por la Relatora Especial de la ONU para la independencia de los jueces y magistrados de ese país.

Que, la delegación de Nicaragua ha expresado su preocupación ante la aprobación de un decreto del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial que ha decidido suspender el pago de salarios a los jueces sometidos a investigación por faltas graves, antes de que se emita la decisión del caso, y que por otra parte la remuneración que reciben los jueces está muy por debajo de lo que corresponde a la naturaleza de sus funciones.

Que, la delegación de Panamá ha expresado su preocupación por el proyecto de ley presentado ante la Asamblea Nacional de Diputados de este país, que pretende reformar el sistema de carrera judicial para introducir los nombramientos a plazo lo que representaría un retroceso en la garantía de imparcialidad, introduciría el riesgo de ausencia de compromiso de los jueces.

Que, la delegación de Paraguay ha destacado la eficaz intervención  de la FLAM para la defensa de la independencia judicial con ocasión de la  crisis institucional derivada de una resolución emanada de la Honorable Cámara de Senadores de este país que declaraba vacante la plaza de siete ministros de su Corte Suprema de Justicia.

Que, por su parte, la delegación de Puerto Rico ha denunciado que los recientes nombramientos sometidos al proceso de confirmación ante el Senado no han respetado el derecho de expresarse de los jueces nominados, utilizándose un mecanismo de descargue, sin informes de la Comisión de lo Jurídico ni oportunidad de evaluar sus cualificaciones y visión del desempeño de su cargo.

Que, la comitiva de la República Dominicana ha denunciado la ausencia de un procedimiento objetivo y transparente de promociones judiciales que se sustente en los méritos del candidato, eliminando cualquier margen de discrecionalidad, lo que ha quedado en evidencia en las recientes designaciones que han dejado inconclusos algunos nombramientos e incluyeron otros en violación de la Ley de carrera. Asimismo, se han iniciado procesos disciplinarios contra jueces en reacción a la presión mediática sesgada, sin que exista respeto al debido proceso y al derecho a doble instancia en materia disciplinaria. Y que por otra parte, persiste el incumplimiento por parte del Gobierno Central en la asignación presupuestaria establecida por la ley para el Poder Judicial (2.66 % del PIB).

Que, la delegación del  Uruguay ha informado que su legislación establece una regulación definida para la determinación del salario mínimo de los jueces en todos los grados, en referencia a la dotación establecida para los Ministros de Estado;  y que por acto del poder político que riñe con el texto y sentido de la ley, luego de haberse aprobado, por norma presupuestal y cumplido durante tres meses un aumento salarial, consecuencia de la aplicación de la mencionada  Ley Orgánica, el mismo fue suprimido con posterioridad, cesando su pago.

Que, finalmente, la Federación Latinoamericana de Magistrados observa con preocupación que en varios de sus países miembros tales como Colombia, Nicaragua y República Dominicana los procedimientos disciplinarios se utilizan como mecanismos de sanción a jueces por el contenido o tenor de sus decisiones jurisdiccionales.


DECLARA:

Visto el escenario de las condiciones que inciden sobre la judicatura latinoamericana la FEDERACION LATINOAMERICANA DE MAGISTRADOS (FLAM), EXHORTA respetuosamente a los gobiernos de América Latina a:  


I)                 Recomendar a las autoridades pertinentes de la República de Colombia que, respetando el principio de separación de poderes y la independencia judicial, mantenga el sistema de carrera judicial que garantice la imparcialidad en la selección de los jueces y su estabilidad, que promueva la calidad de sus decisiones, por vía de fortalecer su formación y capacitación, dotando a la Rama Judicial de la infraestructura física y tecnológica requerida para tales fines, y que bajo ninguna circunstancia se permita la privatización del sistema de administración de justicia. 

II)                   Solicitar a las autoridades de la República de Costa Rica que se rechace el proyecto de ley que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Carrera Judicial. 

III)                 Exigir al gobierno de la República de Honduras que respete la Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, y que por tanto se excluya a jueces y magistrados de la competencia o facultades que tiene la Comisión especial creada para investigar las actividades de la policía. 

IV)               Establecer un protocolo de seguridad para jueces, magistrados y recintos judiciales, a través del cual se fortalezca su independencia para juzgar, sin poner en riesgo su vida e integridad personal, especialmente tratándose de delitos graves o de alto impacto, dando cumplimiento efectivo y expedito a las recomendaciones de la Relatora Especial de la ONU, especialmente vinculadas a los temas de seguridad e independencia de jueces y magistrados, con especial énfasis en el caso de los Estados Unidos Mexicanos 

V)                  Instar a las autoridades políticas de cada país de América Latina a reconocer e implementar mecanismos que le aseguren a los jueces remuneraciones acordes con la naturaleza de las funciones que éstos desarrollan, como una manera de fortalecer la independencia y la dignidad del juez, destacándose en este caso la situación de los jueces de Nicaragua. 

VI)               Solicitar a la Corte Suprema de Justicia y a la Asamblea de Diputados de la República de Panamá que se mantenga la estabilidad indefinida contemplada en el Código Judicial y que se reconozca igualmente los salarios caídos a los jueces y magistrados procesados en los casos de denuncias por quejas que resulten no comprobadas. 

VII)             Instar, a la Cámara de Senadores de la República del Paraguay a actuar dentro de sus respectivas atribuciones respetando la independencia de los restantes poderes del Estado. 

VIII)          Solicitar al Senado del  gobierno de Puerto Rico que en el proceso de re nominación de los jueces, observe un procedimiento público y transparente basado en criterios de ponderación de antigüedad y mérito, que asegure a todos los miembros del Senado la oportunidad de contar  con los elementos de juicio necesarios para decidir, de una manera informada, en cumplimiento de su responsabilidad constitucional.

Por otra parte, y en el mismo orden de preocupación, instar al Consejo del Poder Judicial de la República Dominicana que garantice efectivamente procedimientos de promoción de los jueces sobre la base de un sistema objetivo, transparente y de acceso a la información, basado en mérito, antigüedad y evaluación del desempeño.  

IX)               Garantizar a los Poderes Judiciales de toda la región la suficiencia y autonomía financiera que haga posible el desarrollo de sus funciones, mediante la asignación constitucional de un porcentaje del presupuesto del Estado allí donde no lo hubiere, y el cumplimiento de aquellos ya establecidos como un mecanismo eficaz para fortalecer la independencia judicial y la  debida separación de poderes, destacándose el caso de Honduras y de la República Dominicana. 

X)                  Exigir el cumplimiento del artículo 13 del Estatuto Universal del Juez en toda América Latina que en su esencia establece la intangibilidad del salario así como la imposibilidad de su reducción, destacando en particular la situación de los jueces de la República Oriental del Uruguay según lo dispone el artículo 72 de su Constitución Nacional. 

XI)               Exigir a los Poderes Judiciales de América Latina y en particular a los de Colombia, Nicaragua y República Dominicana el cese de juicios disciplinarios que pretendan sancionar a jueces por el contenido de sus decisiones jurisdiccionales y se asegure el más irrestricto respeto al debido proceso y al principio inalienable de independencia judicial.


Mirinda Y. Vicenty Nazario

PRESIDENTA



Cristina Crespo

PRIMER VICEPRESIDENTA


Wilfredo Sagastume Henríquez

SEGUNDO VICEPRESIDENTE


 
Gustavo E. Santander Dans

VOCAL


 
Leopoldo Llanos Sagristá

VOCAL 



Teodoro Bonilla

VOCAL


Mario Morales Rosario

SECRETARIO GENERAL


Alejandro López McAdam

Past President FLAM 



Delio Vera Navarro

Past President FLAM


 
Graciela J.Dixon Caton

Past President FLAM 


 
Raul Bolaños Cacho Guzmán

Past President FLAM



viernes, 27 de abril de 2012

JUDEMO RECLAMA ASCENSO JUEZ NOLASCO

COMUNICADO SOBRE ASCENSO DE JUEZ DEVUELTO PARA NUEVA PONDERACION

La Asociación Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO), entidad que agrupa a profesionales de la judicatura del país, con personalidad jurídica propia, según consta en el Registro Nacional de Incorporación No. 003917/2011, provisto por la Procuraduría General de la República, por medio del presente comunicado expresa su desconcierto frente al proceso inconcluso de aprobación de las propuestas sometidas por el Consejo del Poder Judicial por ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ), pero la perplejidad es aún mayor, respecto a lo suscitado en el caso del magistrado Daniel Julio Nolasco Olivo, actual Juez del Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que siendo un candidato votado a unanimidad para ser promovido a la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación de esta demarcación jurisdiccional, se devolvió dicha candidatura,  así acreditada, con el apoyo total de los honorables consejeros, para una nueva ponderación.

De cara a semejante situación cabe recordar que la Ley de Carrera Judicial No. 327-98 y su reglamento de aplicación establecen los parámetros que han de tomarse en cuenta para los ascensos, traslados y cambios en los cargos de los jueces del Poder Judicial. En efecto, el artículo 21 del referido estatuto jurídico preceptúa lo siguiente: “Los jueces ascenderán en el escalafón de la judicatura a la categoría inmediatamente superior, de acuerdo con previa calificación de los méritos acumulados, años en servicio, cursos de post-grado, producción bibliográfica y el resultado de la evaluación de su rendimiento.”

En relación con lo anterior resulta propicio destacar que el magistrado Nolasco Olivo ingresó al Poder Judicial en la categoría de Juez de Paz, en fecha once (11) de noviembre de 1992. Y  el 28 de mayo de 1998, fue cuando se le promovió a la posición de Juez de Primera Instancia, cargo que ha ocupado durante 14 años, pero el servicio total prestado a la judicatura nacional se acerca ya a los veinte (20) años, de forma  ininterrumpida.

Aparte de un ejercicio profesional en la judicatura tan prolongado, el magistrado Nolasco Olivo comparte el ministerio de juzgar con la actividad académica en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), donde lleva más de doce (12) años impartiendo docencia como profesor adscrito en las cátedras de Derecho Civil y Penal. Igualmente ha hecho aportes significativos a la literatura jurídica de nuestro país, pues cuenta con cinco (5) obras publicadas, tres a título individual y dos libros bajo la modalidad colectiva, lo cual no ha sido óbice para el rendimiento judicial, puesto que el resultado de su trabajo jurisdiccional tiene un desempeño calificado como excelente.

El comportamiento ético del magistrado Nolasco es incuestionable, pues en su trayectoria de juez pocos usuarios del servicio judicial han puesto su honorabilidad en tela de juicio. Por el contrario, su aquilatado prestigio le ha hecho merecedor de varios reconocimientos de instituciones tales como el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), la Asociación Pro Desarrollo de Villa Fundación (Adefu), la Unión Católica de Comunicadores Sociales (Ucadecos), así como un colectivo de organizaciones que luchan contra la corrupción, entre ellas las fundaciones de Cruz Jiminián y Nemen Nader Rodríguez. En ese mismo sentido, huelga decir que en contra de este juzgador nunca se ha llevado a cabo ningún juicio disciplinario, bajo la sospecha fundada o infundada para atribuirle la comisión de alguna inconducta, ya sea pública o privada.

Un sistema de carrera Judicial ha de garantizar la imparcialidad e independencia de los jueces, por cuanto está cimentado en la profesionalización y superación de los magistrados. En efecto, la promoción o ascenso de todo juez debe ser una recompensa por el mérito ganado, de suerte que se pueda ver que el esfuerzo profesional y el sacrificio personal han valido la pena, en busca de ir dejando atrás el pasado reciente, cuando imperaban criterios ajenos a los previstos en el ordenamiento jurídico que rige la materia en nuestro país, los cuales constituyen privilegios irritantes con graves consecuencias que afectan seriamente el proceso de consolidación de la independencia judicial.

JUDEMO hace un llamamiento al Consejo del Poder Judicial, órgano constitucional que funge como el gobierno de los jueces en la República Dominicana, a que al volver a ponderar la propuesta de ascenso del magistrado Daniel Julio Nolasco Olivo proceda a ratificarla por contar con sobrados méritos para acceder a la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en procura de que sea finalmente aprobada de manera indefectible por la Suprema Corte de Justicia, tribunal supremo que está en el deber ineludible de acoger  las candidaturas de promoción, máxime cuando son el resultado irrestricto de la aplicación de la Ley de Carrera, tal como acontece con el caso que anima este comunicado.

En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los veintiséis (26) días del mes de abril del año dos mil doce (2012).

Por la Directiva de Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO)

Rosalba Garib Holguín                                               
Presidenta en funciones

Yo, Rosanna Vásquez Febrillet, Secretaria Ad Hoc de la sesión de la Directiva de Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO) del día de la fecha, certifico y Doy fe de que el contenido del presente documento fue adoptado en sesión extraordinaria de indicada Junta Directiva celebrada en uno de las oficinas ubicadas en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva a los veintiséis (26) días del mes de abril del año dos mil doce (2012).
                                              Rosanna Vásquez Febrillet (Secretaria Ad Hoc)        

lunes, 27 de febrero de 2012

Presidente SCJ-CPJ recibe visita vicepresidenta Federación Latinoamericana de Magistrados

Noticia publicada el Friday, February 17, 2012                                       
Presidente SCJ-CPJ recibe visita vicepresidenta Federación Latinoamericana de Magistrados

El presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, doctor Mariano Germán Mejía, recibió en su despacho la visita de cortesía de la vicepresidenta de la Federación Latinoamericana de Magistrados, Mirinda Vicenty Nazario, con quien dialogó durante varios minutos sobre asuntos judiciales.
La magistrada Vicenty, quien ejerce como jueza de familia en Puerto Rico, estuvo acompañada del también juez de esa nación Mariano Morales, así como de la magistrada Katia Miguelina Jiménez, presidenta fundadora de la Asociación de Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO) y actual jueza del Tribunal Constitucional.
Estuvieron presentes además los jueces miembros de JUDEMO, Rosalba Garib, presidenta en funciones; Daniel Julio Nolasco, secretario; Teófilo Andújar, miembro fundador; Elka Reyes Olivo, fiscal de la organización, y Rosanna Vásquez Febrillet, auxiliar de Secretaría.
El magistrado Mariano Germán defendió el derecho de asociación que tienen los jueces, lo cual calificó como parte de nuestro desarrollo socio-institucional y de la madurez democrática de nuestro Poder Judicial.
Manifestó que, desde arriba hacia abajo, existe una relación de hermandad entre los jueces.
“La Asociación hay que verla como un proceso natural. La función básica de la Suprema Corte de Justicia es mantener la unidad de criterios”, apuntó.
El Magistrado agradeció la visita de la jueza Vicenty Nazario y demás jueces que le acompañaron, gesto que fue reciprocado a su vez por dicha magistrada, por el juez puertorriqueño Mariano Morales y los miembros de JUDEMO.
La visita fue recibida en el Despacho del Presidente en horas de la tarde del pasado viernes 17 de los corrientes.

Presidente SCJ recibe visita vicepresidenta Federación Latinoamericana de Magistrado

 
Lunes 27 de Febrero, 2012 Santo Domingo, República Dominicana


SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, doctor Mariano Germán Mejía, recibió en su despacho la visita de cortesía de la vicepresidenta de la Federación Latinoamericana de Magistrados, Mirinda Vicenty Nazario, con quien dialogó durante varios minutos sobre asuntos judiciales. La magistrada Vicenty, quien ejerce como jueza de familia en Puerto Rico, estuvo acompañada del también juez de esa nación Mariano Morales, así como de la magistrada Katia Miguelina Jiménez, presidenta fundadora de la Asociación de Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO) y actual jueza del Tribunal Constitucional.
Estuvieron presentes además los jueces miembros de JUDEMO, Rosalba Garib, presidenta en funciones; Daniel Julio Nolasco, secretario; Teófilo Andújar, miembro fundador; Elka Reyes Olivo, fiscal de la organización, y Rosanna Vásquez Febrillet, auxiliar de Secretaría.
El magistrado Mariano Germán defendió el derecho de asociación que tienen los jueces, lo cual calificó como parte de nuestro desarrollo socio-institucional y de la madurez democrática de nuestro Poder Judicial.
Manifestó que, desde arriba hacia abajo, existe una relación de hermandad entre los jueces.
“La Asociación hay que verla como un proceso natural. La función básica de la Suprema Corte de Justicia es mantener la unidad de criterios”, apuntó.
El Magistrado agradeció la visita de la jueza Vicenty Nazario y demás jueces que le acompañaron, gesto que fue reciprocado a su vez por dicha magistrada, por el juez puertorriqueño Mariano Morales y los miembros de JUDEMO.

jueves, 19 de enero de 2012

Carta de la Flam al nuevo Presidente Corte Suprema dominicano



Buenos Aires, 27 de Diciembre de 2011.-


Sr. Presidente de la Suprema Corte de Justicia
de la República Dominicana.-
Dr. Mariano Germán Mejía.

La Federación Latinoamericana de Magistrados tiene el honor de felicitar a V.E. por su reciente designación y presentarle los mejores augurios de éxito en la futura gestión que, por su intermedio, nos permitimos transmitir a todos los magistrados que integran el cuerpo de ese Alto Tribunal.
Lo hacemos en el convencimiento de que sobre la Suprema Corte de un país reposa, de manera fundamental, la independencia y fortaleza del Poder Judicial como garantía de la vigencia de los derechos individuales y colectivos y sustento la forma democrática de gobierno.-

La Federación que es órgano consultor de la Organización de Estados Americanos, está integrada por Asociaciones de jueces y magistrados de diecisiete países del hemisferio, entre las que se encuentra, por cierto, la Asociación de Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO), cuya presidente, la magistrada Katia Jimenez, como dignísima defensora de tan altos principios, cuenta con nuestra solidaridad y respaldo por su fecunda actividad en la que ha exhibido una firme vocación de servicio para el logro de una Justicia cada vez más prestigiada en el seno de la sociedad.

Dios Guarde a V.E.



Miguel Ángel Caminos
Presidente
Federación Latinoamericana de Magistrados